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DECLARACION ANUAL DE PERSONAS MORALES

¿Qué es?

Una declaración anual de personas morales es el informe que hacen las empresas de todas las acciones que se hicieron durante el ejercicio fiscal anterior.
En México, la declaración anual de impuestos de las personas morales se hace durante marzo, con la fecha límite siendo el último día del mes. Es muy común que antes de este plazo, las personas que se encargan de la contabilidad de la empresa tengan mucho trabajo asegurándose que todo esté en orden y que no exista ningún error en la información que van a presentar.

¿Qué se necesita?

1. Requisitos previos:
• Estar inscrito en el RFC como persona moral.
• e.firma (firma electrónica avanzada) vigente o
contraseña del SAT.
• Opinión de cumplimiento positiva (de preferencia,
aunque no es obligatoria para presentar la
declaración).

2. Información y documentos requeridos:
• Estados financieros (Estado de Resultados y Balance General).
• Ingresos acumulables del ejercicio fiscal.
• Deducciones autorizadas, incluyendo gastos, inversiones, devoluciones,
descuentos, etc.
• Pagos provisionales del ISR hechos durante el ejercicio.
• Determinación del ISR anual (utilidad fiscal, coeficiente de utilidad, pérdidas fiscales,
etc.).
• Retenciones de ISR e IVA efectuadas a terceros.
• Datos de empleados si aplica, como participación
de los trabajadores en las utilidades (PTU).
• Determinación de impuestos: ISR, IVA y otros
impuestos federales aplicables.
• Compensaciones y acreditamientos de impuestos en caso de haber saldo a favor.
3. Procedimiento para presentar la declaración
• Ingresar al portal del SAT (www.sat.gob.mx).
• Acceder al apartado de Declaraciones e iniciar sesión con e.firma o contraseña.

Rodríguez Vergara Giovanni

• Seleccionar la opción de “Declaración Anual”.
• Capturar la información (o cargarla si ya aparece precargada en el sistema).
• Revisar y validar los datos antes de enviar.
• Firmar con e.firma y enviar la declaración.
• Descargar el acuse de recibo para respaldo.

4. Fechas importantes:
• Fecha límite: 31 de marzo del año siguiente al ejercicio fiscal a declarar.
• Extemporaneidad: Si se presenta después, puede generar multas y recargos.
5. Posibles escenarios tras la presentación:
• Saldo a favor: Se puede solicitar devolución o compensación.
• Saldo a pagar: Se puede pagar en una sola exhibición o en parcialidades (si aplica).

La presentación de la Declaración Anual de Personas Morales en México está regulada por diversas disposiciones fiscales, principalmente el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA). Estas normativas establecen las obligaciones, deducciones y sanciones aplicables a las empresas, garantizando el cumplimiento de sus responsabilidades tributarias. Además, es fundamental considerar la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) y los reglamentos correspondientes para asegurar que la declaración se realice conforme a los lineamientos actualizados del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

¡Mantente al día con tu Declaración Anual!

En Staffing Personal, compartimos información clave y actualizaciones para que puedas cumplir con tus obligaciones fiscales de manera sencilla y oportuna.