El día 21 de febrero del presenta año el Servicio de Administración Tributaria, público un comunicado en donde nos explican que debido a varias irregularidades que se presentaron el año pasado en las anuales de personas morales se detectaron varias irregularidades con las actividades de los y las RIF por lo que se empezaron a llevar a cabo diversas revisiones para identificar las principales situaciones que ponen en riesgo este régimen.
Para poder tener un claro panorama debemos recordar cuales son los principales requisitos para poder entrar a este régimen:
- Realizar actividades que no requieran de un título o cedula profesional
- Que sus ingresos no sean mayores a 2 millones de pesos anuales
- No ser socio o accionista de una persona moral
- Estar vivo (suena lógico, pero existen anomalías de este tipo)
Al llevar a cabo la revisión por parte del SAT y teniendo en cuanta los puntos anteriores, se encontraron las siguientes anomalías:
Hay personas en este régimen con edades mayores a 100 años, que están facturando hasta 1.99 millones de pesos y estas facturas están siendo utilizadas por personas morales, y dichas facturas corresponden a un 90% de los gastos deducibles para las personas morales.
Esto llevo a una revisión más a fondo de las operaciones que se llevan a cabo entre personas morales y RIF, y se encontró que además de la edad, y la cantidad facturada, se identificaron diversos comportamientos fiscalmente no correctos. Los domicilios fiscales estaban incompletos o eran inexistentes, algunos no habían presentado sus declaraciones bimestrales, algunos superaron el límite de facturar 2 millones al año llegando hasta 40 millones de pesos, algunos cuentan con opinión negativa en su opinión de cumplimiento, algunas no contaban con ninguna actividad económica o fiscal y en muchos casos el contacto de medio electrónico es el mismo y en particular ubicaron la dirección: fmorientes18@gmail.com para 624.
Por último, ubicaron que gran porcentaje de personas en este régimen y que le facturas a personas morales están reportados por la Secretaría de Salud y el Registro Nacional de Población (RENAPO) como fallecidos.
Para evitar que se sigan estas prácticas el SAT ha decidido tomar las siguientes medidas: Se invitó a 273 mil contribuyentes vía los medios de contacto registrados a actualizar sus contraseñas de accesos vía SAT ID, en caso contrario se procedía a cancelar sus accesos. Se obliga a todos los RIF a activar su Buzón Tributario, en caso de no haber actividades económicas y fiscales, proceder a la inhabilitación de las contraseñas de accesos a los sistemas. Los RIF no pueden declarar o facturar ingresos mayores a 2 mdp, en caso de hacerlo, por autoridad serán cambiados al Régimen General de Personas Morales o al Régimen de Personas Físicas con Actividad Empresarial. Por último, se bajaron del padrón del RIF a 33,851 registros de contribuyentes, declarados en 2020 por la Secretaría de Salud y por el Registro Nacional de Población (RENAPO) como fallecidos.